sábado, 9 de junio de 2007

IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA

IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA
¿QUE ES LA IDENTIFICACION TRIBUTARIA?
Es un código de carácter alfanumérico, utilizado con el fin de identificar a toda persona natural o jurídica susceptible de tributar.
IMPORTANCIA Y NECESIDAD DE LA IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA Constituye un instrumento de calidad y habilidad en el control y actualización de los contribuyentes con el fin de mantener identificadas apersonas naturales o jurídicas a efectos tributarios.
IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA EN VENEZUELA
Constituyen un instrumento de control y actualización de los contribuyentes por parte del SENIA. Con el objeto de mantener la identificación de Las personas naturales ó jurídicas, las comunidades, las entidades o agrupaciones sin personalidad jurídica, responsables del Impuesto sobre la renta, así como los agentes de retención. También debe ser utilizada en toda la papelería del contribuyente.
ELIMINACIÓN DEL NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA (NIT)
El servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera Tributaria (SENIAT) informa a los contribuyentes y público en general que desde el pasado 1° de agosto no se está expidiendo el Número de Identificación Tributaria (NIT), en virtud de la creación del Registro Único de Información Fiscal (RIF.
Así lo establece la Provincia Nº 0073 de fecha 06/02/2006 publicada en Gaceta Oficial Nº 38.389 de fecha 02/03/2006, la cual establece la creación de dicho registro único.
REGISTRO UNICO DE INFORMCION FISCAL Es un registro destinado al control tributario, el cual deben Inscribirse las personas naturales o jurídicas, las comunidades y las entidades o agrupaciones sin personalidad jurídica, susceptibles en razón de ¡os bienes o actividades, de ser sujetos o responsables del Impuesto sobre la Renta, los agentes de retención del ¡impuesto, y los residentes en el extranjero sin establecimiento permanente o base fija, siempre que la causa del enriquecimiento esté u ocurra en Venezuela.

COMO ELABORAR SU INSCRIPCION EN EL RIF
1. Ingrese a. la página Web del SENIAT www.seniat.gov.ve y en el menú “Sistema en línea” haga clic en la opción “Inscripción de RIF”.
2. Al desplegarse la pantalla Registro Único de Información Fiscal – Inscripción seleccione el “Tipo de Persona”.
3. Al finalizar de llenar los campos respectivos haga clic en el botón BUSCAR. Si el posee un número de RIF le aparecerá el siguiente mensaje: El contribuyente que intente registrar ya existe, Ver “consulta de RIF”. En caso contrario, el sistema guardará seguidamente la opción Inscribir Nuevo Contribuyente.
LEY DE IMPUESTOS SOBRE LA RENTA
IMPUESTO SOBRE LA RENTA EN MATERIA DE RETENCIOES
¿QUÉ SON AGENTES DE RETENCIÓN?
El código orgánico tributario define a los agentes de retención como las personas asignadas por la ley o por la administración tributaria, que por sus funciones públicas o por razón de su actividad privada, participen en actos u operaciones donde deban efectuar retención o percepción del tributo correspondiente.
RESPONSABILIDAD DEL AGENTE DE RETENCIÓN, La principal obligación de los agentes de retenci6n es la de retener el impuesto en los casos señalados en el respectivo decreto sobre retenciones vigentes y enterar la suma retenida, oportunamente, en una oficina receptora de fondos nacionales.
¿CUANDO SE DEBE RETENER? La retención del impuesto deberá practicarse en el momento del pago o abono en cuenta, conforme a ¡o establecido en el articulo 1 del decreto Nº 1808.
¿CUANDO Y DONDE ENTEAR LO RETENIDO?
Los impuestos retenidos deberán ser enterados en una oficina receptora de fondos nacionales (E! BCV, los bancos comerciales u otras instituciones financieras).
¿Cómo enterar el impuesto?
El agente de retención deberá enterar ¡o retenido en una oficina receptora de fondos nacionales. A tal efecto, se deberá emplear ¡os formularios que emite-
La Administración Tributaria para personas naturales residentes y no residentes y para personas jurídicas domiciliadas y no domiciliadas.
PERSONAS NATURALES RESIDENTES BASE DE EXENCIÓN
La retención del impuesto solo procederá si el beneficiario de las remuneraciones obtiene o estima obtener, de uno o más deudores o pagadores, un total anual que exceda de 1000 U.T


PERSONAS NATURALES NO RESIDENTES
La retención del impuesto debe. Ser igual al 34% del total pagado o abonado. En cuenta, cualquiera sea el monto de tales remuneraciones.
DETERMINACIÓN DEL PORCENTAJE DE RETENCIÓN POR PARTE DEL AGENTE RETENCIÓN
Cuando el beneficiario no cumpla con la obligación de notificar al deudor o pagador el porcentaje de retención, el agente de retención deberá determinarlo, sobre la base de la renumeración que estime pagarle o abonarle en cuenta en ejercicio menos la rebaja de impuesto de 10 U.T que le corresponde por ser persona natural.
ENTIDADES DE CÁRACTER PÚBLICO RESPONSABLES DEL IMPUESTO
En este caso el funcionario de mayor categoría ordenador del pago será la responsable de los impuestos dejados de retener o enterar cuando en la orden de pago no haya mandado a efectuar la correspondiente retención del impuesto y pago al fisco nacional.
El código orgánico tributario define a ¡os agentes de retención corno las personas designadas por la ley o por la administración tributaria, que por sus funciones públicas o por razón de su actividad privada, participen en actos u operaciones donde deban efectuar retención o percepción del tributo correspondiente.
RESPONSABILIDAD DEL AGENTE DE RETENCIÓN,
La principal obligación de los agentes de retención es la de retener el impuesto en los casos señalados en el respectivo decreto sobre retenciones vigentes y enterar la suma retenida, oportunamente, en una oficina receptora de fondos nacionales.
¿CUANDO SE DEBE RETENER? La retención del impuesto deberá practicarse en el momento del pago o abono en cuenta, conforme a lo establecido en el artículo 1 del decreto Nº 1808.
¿CUANDO Y DONDE ENTERAR LO RETENIDO? Los impuestos retenidos deberán ser enterados en una oficina receptora de fenilos nacionales (El BCV, los bancos comerciales u otras instituciones financieras). ¿COMO ENTERAR EL IMPUESTO? EL agente de retención deberá enterar ¡o retenido en una oficina receptora de fondos nacionales. A rol efecto, se deberá emplear los formularios arios que emite.
APLICACIONES DE SANCIONES DE INCUMPLIMIENTO.
Los agentes de retención que no cumplan con la obligación de retener los impuestos, retengan cantidades menores de las debidas, enteren Con retardo los impuestos retenidos, se apropien ¿e los tributos o no suministren oportunamente las reformaciones establecidas en reglamento o las requeridas por la administración serán penados de acuerdo a lo previsto en el código orgánico tributario.
CASOS EN LOS CUALES NO PROCEDE LA RETENCIÓN DE IMPUESTO
No se deberá efectuar retención, alguna en los casos de pagos en especie o cuando se trate de enriquecimientos exentos de impuesto sobre la lenta, así como cuando se trate de enriquecimientos exonerados del mencionado impuesto.
OBLIGACIÓN DE LAS OFICINAS RECEPTORAS DE ENTERAR LO PERCIBIDO AL TESORO NACIONAL:
Las oficinas receptoras de finidos nacionales deberán enterar al tesoro nacional las cantidades percibidas de los agentes de retención dental del periodo establecido con convenios bancarios.
CÓDIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO
www.SENIAT.gov.ve

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